Bogotá D.C. 3 de julio del 2025
La Cámara Colombo Venezolana informa a sus empresarios afiliados que el Ejecutivo Nacional de Venezuela ha publicado tres decretos relevantes en materia fiscal y aduanera, con implicaciones directas en las operaciones de comercio exterior. A continuación, presentamos los aspectos más importantes:
Decreto N.º 5.145: Exoneración del IVA
Se suspende la aplicación de las exenciones establecidas en el numeral 1 del artículo 17 del Decreto Constituyente de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado. No obstante, se exonera del IVA a las importaciones definitivas incluidas en el Apéndice I del decreto, que contempla un total de 1.445 artículos aplicables a este beneficio tributario.
Para acceder a la exoneración, los importadores deberán presentar una relación descriptiva de los bienes a importar, la factura comercial correspondiente y un Certificado de Exoneración emitido por el COMEX ente encargado de evaluar las solicitudes para evitar impactos negativos sobre la producción nacional. Las aduanas, por su parte, deberán llevar un registro detallado de todas las operaciones exoneradas. Este beneficio tendrá una vigencia de un (1) año a partir del 5 de julio de 2025.
Decreto N.º 5.146: Exoneraciones en Materia Aduanera
Se mantiene la exoneración del 90% del Impuesto de Importación y del IVA para las mercancías incluidas en el Apéndice I del decreto. La lista de códigos arancelarios exonerados se ha reducido a 1.409, lo que reprenta la eliminación de 157 códigos con respecto al Decreto N.º 5.104. Este beneficio opera de pleno derecho, sin necesidad de solicitud previa, y tendrá una vigencia de un (1) año contado a partir de la fecha de publicación en Gaceta Oficial, fechada el 30 de junio de 2025.
Decreto N.º 5.147: Reforma Parcial del Arancel de Aduanas
El COMEX será el nuevo ente responsable de emitir los Certificados de Exoneración para los bienes de capital (BK) y los bienes de informática y telecomunicaciones (BIT), en reemplazo del Ministerio de Industria. El decreto también introduce modificaciones en la tarifa ad valorem de 1.326 códigos arancelarios correspondientes a diversos sectores, así como ajustes en 309 regímenes legales. El régimen legal asignado al COMEX será exigible a partir de los 30 días contados desde la entrada en vigor del decreto, establecida para el 5 de julio de 2025.
Recomendaciones Finales
Recomendamos a todos los empresarios:
- Verificar si los códigos arancelarios de sus productos están incluidos o excluidos de los apéndices.
- Gestionar con antelación la documentación exigida para las exoneraciones.
- Consultar con sus agentes de aduanas y equipo legal para asegurar el cumplimiento de los nuevos lineamientos.
Desde la Cámara reafirmamos nuestro compromiso con el fortalecimiento del comercio binacional y recordamos a nuestros afiliados que estamos disponibles para brindar acompañamiento y resolver cualquier inquietud relacionada con la implementación de estas disposiciones.
Atentamente,
Cámara Colombo Venezolana